El Congreso de la República aprobó la Ley N°31695 que modifica el artículo 33 de la Ley N°29944, Ley de Reforma Magisterial
La norma es de artículo único y modifica el artículo 33 de la Reforma Magisterial en los siguientes términos:
“Artículo 33. El acceso a cargos y período de gestión
El profesor, con reserva de su plaza, puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por un período de cuatro años. Al término del período de gestión es evaluado para determinar su continuidad en el cargo hasta por un período adicional o su retorno al cargo docente.
En los supuestos de los literales c) y d) del artículo 35 de la presente ley, los cargos pueden ser ejercidos de manera continua siempre y cuando superen la evaluación de desempeño cada cuatro años. El acceso a un cargo no implica ascenso de escala magisterial”.
Disposición complementaria final única. Adecuación:
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Educación, adecúa en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la vigencia de la presente ley, el Reglamento de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante el Decreto Supremo 004-2013-ED.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, para su promulgación.