El estado de emergencia declarado en el departamento de La Libertad fue ampliado por 30 días calendario, contados a partir del 21 de marzo.

El decreto supremo 037-2023-PCM, publicado hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano da cuenta de dicha medida.

Este lleva las firmas de la presidenta Dina Boluarte, del titular de la Presidencia del Consejo de Ministros, Alberto Otárola, y de los ministros del Interior, Vicente Romero; de Defensa, Jorge Chávez, y de Justicia, José Tello.

En el decreto supremo se recuerda que mientras dure el estado de emergencia se aplica restricción o suspensión del ejercicio de derechos constitucionales vinculados a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

En el artículo 3 se indica, además, que la intervención de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas en este contexto responde a lo establecido en los decretos legislativos 1186 y 1095, que regulan el uso de la fuerza por parte de ambas instituciones, respectivamente.

Se señala también que dentro de los cinco días posteriores al término del estado de emergencia, la Policía presente al Ministro del Interior un informe sobre las acciones realizadas durante el periodo de prórroga.

Antecedentes

Esta ampliación está vinculada a lo establecido en el decreto supremo 010-2023-PCM, publicado el 19 de enero, que dispuso la declaración de estado de emergencia en La Libertad, Amazonas y Tacna por 30 días. Este fue ampliado por 30 días más mediante el decreto supremo 025-2023-PCM.

Se indica también que la nueva ampliación deriva de la recomendación hecha por la Comandancia General de la Policía Nacional, en base a informes de la Tercera Macroregión Policial La Libertad y de la Oficina de Planeamiento Operativo del Comando de Asesoramiento General de la Policía Nacional.

Scroll al inicio