La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió su informe sobre la situación de los derechos humanos en Perú en el contexto de las protestas desarrolladas desde diciembre del año pasado, estableciendo que en ellas fallecieron 57 personas y pidiendo que se de una investigación objetiva al respecto.
En tal sentido, dicha entidad supranacional señala que los hechos en los que se produjeron esas muertes “deben ser investigados, juzgados y sancionados” por fiscalías especializadas en derechos humanos. “Además, deben ser juzgadas por jueces independientes, competentes e imparciales”, se añade.
Asimismo, en el documento, la CIDH “valora la apertura del Estado peruano para la realización de las visitas realizadas en diciembre de 2022 y enero de 2023, así como la información suministrada antes, durante y después de las mismas” por parte de representantes de dicha institución.
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Entre sus conclusiones y recomendaciones la Comisión señala que las demandas que suscitaron las protestas “deben ser atendidas considerando el respeto al Estado de Derecho y al debido proceso”.
Argumenta que en estas “hay justas reivindicaciones de comunidades campesinas y pueblos indígenas, como el acceso a derechos en condiciones de igualdad y sin ningún tipo de discriminación, así como mayor representación política”.
Confrontación entre poderes
Se consigna además que la CIDH observó en sus visitas “incesantes confrontaciones entre los poderes públicos y sucesivas crisis de institucionalidad democrática y políticas”. Estas “han profundizado la polarización y desconfianza de la ciudadanía en las instituciones”, se indica.
Asimismo, se constató que “existe una fuerte tensión entre Lima y las regiones especialmente del sur del país donde predomina la población indígena y campesina”.
“La CIDH constató un deterioro generalizado del debate público con una fuerte estigmatización por factores étnicos-raciales y regionales, mediante mensajes que aluden a las personas indígenas y campesinas como ‘terroristas’, ‘terrucos’, ‘senderistas’, ‘cholos’ o ‘indios’, entre otras formas despectivas”, se indica, señalando que esas prácticas son discriminatorias.
Por otro lado, la CIDH señala que entre los manifestantes “se registraron situaciones de violencia” ajenas al ejercicio de la protesta pacífica. Sin embargo, refiere también que estos “no eximen la responsabilidad del Estado respecto a las violaciones de derechos humanos”.
“La Comisión observa que la respuesta de las fuerzas estatales no fue uniforme en todo el territorio nacional y que hubo graves episodios de uso excesivo de la fuerza en casos concretos”. Así, refiriéndose a información recogida en Lima, Ica, Arequipa y Puno, la CIDH señala que hubo episodios en los que se dio “uso desproporcionado, indiscriminado y letal de la fuerza”.
La entidad internacional señala que esto se refleja en “el alto número de personas fallecidas y heridas con lesiones en la parte superior del cuerpo por impactos de armas de fuego, incluyendo perdigones; así como la ubicación de un número importante de víctimas que ni siquiera estaban participando de la protesta o se encontraban en las inmediaciones de los focos de conflictividad”.
Recomendaciones finales
Entre sus recomendaciones, la CIDH invoca al Estado Peruano que las reparaciones para las víctimas sean integrales y recalca la necesidad de investigar y sancionar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos que pudieran haberse dado. En ese punto, la Comisión ofrece su asistencia técnica.
Asimismo, plantea implementar una estrategia de diálogo “con enfoque étnico y territorial”, garantizando en esta la participación de pueblos indígenas y comunidades campesinas.
En cuanto al accionar policial y militar se recomienda “adoptar un plan permanente y obligatorio de capacitación y evaluación para las fuerzas de seguridad que intervienen en el desarrollo de las manifestaciones y protestas para que su actuación priorice la defensa de la vida y la integridad de todas las personas”.
En el plano institucional, la CIDH recomienda al Estado Peruano “abstenerse de adoptar reformas legislativas o constitucionales que debiliten la autonomía e independencia del Sistema Nacional Electoral o del Poder Judicial”, y “delimitar las figuras de acusación constitucional, vacancia presidencial por incapacidad moral permanente y disolución unilateral del Congreso.
Estas últimas deben determinar clara y objetivamente “las conductas sancionables y sus correspondientes consecuencias”, se indica.
“La CIDH se pone a disposición del Estado para brindar la cooperación técnica requerida a efectos de implementar las recomendaciones formuladas en este informe, incluyendo el establecimiento de un mecanismo especial de seguimiento”, se indica en el último párrafo del documento.